SCJN avala amparos colectivos por cannabis

La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la presentación de amparos colectivos para realizar actividades de autoconsumo lúdico de cannabis, al determinar que una sola autorización sanitaria puede beneficiar a varias personas sin vulnerar sus derechos.

Durante la sesión de este jueves, el Pleno resolvió que un permiso conjunto es válido para autorizar actividades relacionadas con el autoconsumo lúdico de cannabis y THC. La decisión surgió tras analizar una impugnación en la que se argumentaba que cada persona debía contar con una autorización individual.

Los ministros concluyeron que lo relevante es que cada uno de los beneficiarios haya obtenido el reconocimiento judicial de su derecho, por lo que la emisión de un solo documento no limita ni condiciona el ejercicio individual de esa autorización.

La Corte recordó que la autoridad sanitaria negó originalmente la solicitud al considerar que la Ley General de Salud no le otorgaba facultades para emitir permisos de este tipo, pese a que desde 2021 el propio máximo tribunal había declarado inconstitucionales las normas que impedían expedir dichas autorizaciones.

Ante esa negativa, las personas promovieron una denuncia por incumplimiento de sentencia, la cual fue declarada fundada. Como consecuencia, se ordenó a la autoridad sanitaria emitir el permiso correspondiente para garantizar el derecho reconocido previamente por la Corte.

En cumplimiento de esa resolución, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios expidió en 2022 una autorización sanitaria conjunta en favor de nueve personas, criterio que ahora fue respaldado por la Suprema Corte y sienta un precedente para futuros casos de autoconsumo lúdico de cannabis.

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